Artículo 279. Administración electoral.
Artículo 279 del Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2026-5715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.
Texto consolidado
1. La administración electoral de la Universidad tiene por finalidad garantizar, en los términos de la legislación general y de estos estatutos, la transparencia y objetividad del proceso electoral y el principio de igualdad.
2. Integran la administración electoral de la UNED la Comisión Electoral Central de la Universidad, las comisiones electorales de centro y las mesas electorales, que supervisarán el desarrollo y resolverán las incidencias de los correspondientes procesos electorales en el ámbito de su competencia.