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Real Decreto Vigente

Artículo 278. Composición.

Artículo 278 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario. · BOE-A-1996-3307

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-25.

Texto consolidado

1. La Junta Económico-Administrativa estará presidida por el Director del centro y se compondrá de los siguientes miembros:

a) El Administrador.

b) El Subdirector Médico o Jefe de los Servicios Médicos.

c) El Subdirector de Personal, si lo hubiere.

d) El Coordinador de Formación Ocupacional y Producción o el Coordinador de los servicios sociales, cuando sean convocados por el Director.

e) Un Jurista del centro.

2. Como Secretario de la Junta Económico-Administrativa actuará, con voz pero sin voto, el funcionario que designe el Director entre los destinados en el Establecimiento.

3. El sustituto del Director en la presidencia de la Junta Económico-Administrativa será el Administrador del centro penitenciario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-05-25.

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