Artículo 27.
Artículo 27 de la Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza. · BOE-A-2011-3756
Atención: BOE-A-2011-3756 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Una vez concluidas las elecciones generales a la Asamblea General, este órgano se constituirá en el plazo máximo de quince días naturales en sesión ordinaria, previa convocatoria de la Comisión gestora, para elegir, como primer punto del orden del día, al Presidente de la RFEC. Posteriormente y según el procedimiento establecido se elegirán los miembros de la Comisión delegada de Asamblea General; finalmente, se decidirá sobre las demás cuestiones de su competencia que se hayan incluido en el orden del día.