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Real Decreto Derogada

Artículo 27.

Artículo 27 del Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. · BOE-A-1991-15530

Atención: Real Decreto 905/1991 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Consejo de Administración, a propuesta de su Presidente, designará un Secretario que, caso de no ser Consejero, no tendrá voto en las deliberaciones. El Secretario del Consejo debe ser licenciado en derecho y ejercerá funciones de asesoramiento en materia jurídica al Consejo.

2. Corresponderá al Secretario preparar las sesiones, comunicar la convocatoria de las mismas y levantar acta de ellas, dando fe de sus acuerdos y tramitándolos para su ejecución.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-06-19.

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