Artículo 27. Actas.
Artículo 27 del Real Decreto 776/2020, de 25 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros de Armas Navales. · BOE-A-2020-10194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-09-05.
Texto consolidado
1. De las sesiones de la Junta General se extenderá acta, en la que se hará constar sucintamente lo ocurrido y acordado en ella, transcribiéndose literalmente las proposiciones que se presentan y las manifestaciones que se desee consten en el acta.
2. Se podrán aprobar al finalizar cada sesión o en la reunión siguiente del mismo órgano.