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Real Decreto Derogada

Artículo 27. Remuneraciones y dietas.

Artículo 27 del Real Decreto 709/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria. · BOE-A-2002-15091

Atención: Real Decreto 709/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los miembros del Consejo de Dirección, de la Comisión Institucional, del Consejo Consultivo y del Comité Científico no percibirán remuneración alguna derivada de su condición de miembros de dichos órganos, ni por el ejercicio de las funciones inherentes a su pertenencia a los mismos.

2. Los miembros citados en el apartado anterior percibirán las indemnizaciones que por razón de servicio les correspondan, de acuerdo con el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, o, en su caso, el abono de los gastos, debidamente justificados, que les ocasione el ejercicio de su función.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-27.

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