Artículo 27. Vicesecretaría.
Artículo 27 del Real Decreto 39/2009, de 23 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de la Historia. · BOE-A-2009-2552
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-02-17.
Texto consolidado
Son atribuciones y obligaciones de la persona titular de la Vicesecretaría:
a) Desempeñar la Secretaría cuando, por imposibilidad física o por ausencia, no sea ejercida por el Secretario.
b) Colaborar con el Secretario en las funciones que se le asignen.