Artículo 27. Conservación del patrimonio.
Artículo 27 del Real Decreto 367/2002, de 19 de abril, por el que se modifica la denominación de la Real Academia de Farmacia y se aprueban sus Estatutos. · BOE-A-2002-8738
Atención: Real Decreto 367/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Junta general, y por delegación la Junta de Gobierno, tienen el deber de conservar el patrimonio en el mejor estado posible, evitar su deterioro y procurar su engrandecimiento, haciendo las inversiones que se precisen para ello.
2. El Secretario velará por el mejor cumplimiento de aquel objetivo.