El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 27. Militares de complemento.

Artículo 27 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2010-653

Atención: Real Decreto 35/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Para adscribirse a las diferentes escalas de oficiales como militar de complemento, la enseñanza comprenderá la formación militar general y específica y la formación técnica que sean necesarias.

2. Los planes de estudios para adscribirse como militar de complemento tendrán una duración comprendida entre los 6 y 9 meses. Cuando sea preciso impartir formación de vuelo podrá ampliarse hasta 15 meses.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-01-17.

Más artículos de Real Decreto 35/2010

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 35/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.