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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 27. Requisitos generales del prospecto.

Artículo 27 del Real Decreto 1157/2021, de 28 de diciembre, por el que se regulan los medicamentos veterinarios fabricados industrialmente. · BOE-A-2021-21662

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-09-04.

Texto consolidado

1. El prospecto es la información escrita que acompaña al medicamento, dirigida al usuario, que contiene la información de conformidad con los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento (UE) 2019/6 aplicables en cada caso.

2. Como norma general, el prospecto solo contendrá la información concerniente al medicamento al que se refiera. No obstante, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios podrá autorizar, en determinadas circunstancias, que se incluya información relativa a distintas dosis y formas farmacéuticas disponibles de un mismo medicamento en concordancia con lo que conste en los resúmenes de características.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-09-04.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-17503.

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