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Real Decreto Derogada

Artículo 27. Confidencialidad y protección de datos de carácter personal.

Artículo 27 del Real Decreto 113/2022, de 8 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de acciones de transferencia de conocimientos e información y adquisición de competencias en digitalización, y para el asesoramiento, gestión y sustitución, destinadas al sector agroalimentario, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, y se aprueba su convocatoria para los ejercicios 2022 y 2023. · BOE-A-2022-2060

Atención: Real Decreto 113/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y EOI mantienen un compromiso de cumplimiento de la legislación vigente en materia de tratamiento de datos personales y seguridad de la información con el objeto de garantizar que la recogida y tratamiento de los datos facilitados se realiza conforme al Reglamento (UE) 679/2016 General de Protección de Datos y de la normativa nacional vigente en la materia. Por este motivo, se ofrece a continuación información sobre la política de protección de datos aplicada al tratamiento pagos de ayudas y control de deudores:

a) Responsable del tratamiento:

– Datos Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, delegado de protección de datos: bzn-DPD@mapa.es.

– Fundación EOI F.S.P., Avenida Gregorio del Amo n.º 6, 28040 Madrid (España), delegado de protección de datos: protecciondedatos@eoi.es.

b) Finalidad del tratamiento: los datos personales incorporados serán utilizados exclusivamente para la gestión de la subvenciones y se conservarán mientras la legislación aplicable obligue a su conservación (Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y al Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso).

c) Legitimación del tratamiento: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento y está justificado por los siguientes apartados:

Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Ley 39/2015, de 1 de octubre.

d) Destinatarios de los datos: no están previstas cesiones de datos ni transferencias internacionales de datos salvo las previstas legalmente.

e) Derechos sobre el tratamiento de datos: la entidad beneficiaria puede solicitar a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria a través de la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el acceso, rectificación y supresión de sus datos personales, la limitación y oposición al tratamiento de sus datos y a no ser objeto de decisiones automatizadas. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, puede presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://sedeagpd.gob.es/).

2. La duración de la confidencialidad será indefinida mientras la misma ostente tal carácter, manteniéndose en vigor con posterioridad a la finalización de la subvención a la que se refiera la convocatoria, sin perjuicio de la obligación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y de la EOI de garantizar una adecuada publicidad de las subvenciones concedidas.

3. La entidad beneficiaria, mediante la presentación de la solicitud, autoriza al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y a la EOI para el uso y tratamiento de los datos de carácter personal que constan en la solicitud y documentación presentada, a los efectos del inequívoco consentimiento previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-02-10.

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