Artículo 27. Sobre programas de las asignaturas.
Artículo 27 de la Orden de 2 de junio de 1999 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de los centros docentes de formación de la Dirección General de la Guardia Civil y el régimen del profesorado de los centros docentes de dicha Dirección General. · BOE-A-1999-12698
Atención: BOE-A-1999-12698 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los programas de las diferentes asignaturas serán aprobados por el General Jefe de Enseñanza a propuesta del Director del centro.
2. A través de la Jefatura de Estudios, los Departamentos darán publicidad, tras su aprobación, a los programas de las asignaturas de su responsabilidad, incluyendo en ellos suficiente desarrollo temático y una bibliografía mínima para su preparación.
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