Artículo 27. Cooperación y colaboración entre Registros.
Artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. · BOE-A-2002-5852
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-26.
Texto consolidado
Se establecerán los mecanismos de cooperación y colaboración procedentes entre los diferentes Registros de asociaciones.