Artículo 27. Sucesión de entidades y cambios de titularidad.
Artículo 27 de la Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales. · BOE-A-2022-6451
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-01.
Texto consolidado
1. En el caso de que a una entidad local beneficiaria le suceda otra entidad en el ejercicio de las competencias correspondientes, esta última se subrogará en los derechos y obligaciones de aquélla con respecto al Plan de Inversiones Locales
2. Los cambios de titularidad de las inversiones se realizarán, previo informe justificativo, mediante resolución de la dirección general competente en materia de Administración Local.