Artículo 27. Fomento de cooperativas o grupos de consumo y productores de proximidad.
Artículo 27 de la Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética. · BOE-A-2022-6402
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-02.
Texto consolidado
Las administraciones públicas de Navarra deberán facilitar las condiciones para impulsar la actividad económica en forma de cooperativas o grupos de consumo y de productores de proximidad, al objeto de potenciar una economía baja en carbono y un consumo de kilómetro cero, con especial atención en aquellas comarcas que sufran un mayor despoblamiento, a los efectos de la aplicación de los principios de cohesión social y territorial.