Artículo 27. Promoción de la sucesión testamentaria en favor de acciones de mecenazgo cultural.
Artículo 27 de la Ley 9/2014, de 29 de diciembre, de impulso de la actividad y del mecenazgo cultural en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2015-1238
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
La conselleria competente en materia de cultura realizará una labor de difusión y concienciación para favorecer, dentro del marco legal sucesorio, actos de disposición testamentaria en favor del Plan de Mecenazgo Cultural de la Generalitat, en particular, y de acciones de mecenazgo, en general.