Artículo 27.
Artículo 27 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión. · BOE-A-1987-10624
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-05-12.
Texto consolidado
1. El control financiero de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y de sus Sociedades se efectuará de acuerdo con lo establecido por la Ley de la Hacienda de la Comunidad Autónoma.
2. El Director general rendirá cuentas periódicamente de la gestión presupuestaria ante la Comisión parlamentaria a que se refiere el artículo 26 de la presente Ley.