Artículo 26.
Artículo 26 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión. · BOE-A-1987-10624
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-05-12.
Texto consolidado
1. Los anteproyectos de presupuestos de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y de sus Sociedades, elaborados bajo el principio de equilibrio presupuestario, se remitirán al Consejero de Economía y Hacienda, con antelación suficiente a efectos de su integración en el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma.
2. La contabilidad se ajustará a las normas aplicables a las Empresas públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón.