Artículo 27. Medidas del sector privado.
Artículo 27 de la Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-1626
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-02.
Texto consolidado
1. Las empresas velarán por el respeto de la igualdad de oportunidades, adoptando las medidas necesarias dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación para las personas con discapacidad en el ámbito laboral.
2. Las administraciones y entidades públicas impulsarán las acciones necesarias para facilitar la implantación de las medidas previstas en el apartado anterior y vigilarán, especialmente, el cumplimiento por parte de las empresas de la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad o, en su caso, de las medidas alternativas, de conformidad con la legislación vigente.