Artículo 27. Contenido de los mapas acústicos.
Artículo 27 de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de protección contra la contaminación acústica. · BOE-A-2003-613
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-10.
Texto consolidado
En el ámbito de cada una de las zonas y áreas que establezcan, los mapas acústicos contendrán:
a) Resultados de las mediciones, análisis de los niveles de ruido e identificación de la naturaleza de las fuentes sonoras que los producen.
b) Resultados de las mediciones y análisis específicos del ruido del tráfico, distinguiendo las calles en función de los niveles de intensidad sonora.
c) Diagnóstico de la situación en general y para cada una de las áreas determinadas.