Artículo 27. Promoción interna.
Artículo 27 de la Ley 4/1998, de 22 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de la Región de Murcia. · BOE-A-1999-4973
Atención: Ley 4/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El acceso a las categorías de Cabo, Sargento y Oficial se realizará preferentemente mediante promoción interna entre los miembros del Cuerpo que tengan un mínimo de antigüedad de dos años en la categoría inmediatamente inferior respectiva y posean la titulación requerida en cada caso, salvo cuando les corresponda la Jefatura del Cuerpo, en que la Corporación podrá optar entre el turno libre, la promoción interna o la movilidad.
2. El Ayuntamiento podrá optar indistintamente para el acceso a las categorías de Subinspector e Inspector, entre la promoción interna y el resto de formas de acceso previstas en el artículo 26.3.