Artículo 27.
Artículo 27 de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco. · BOE-A-2012-2858
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-07-04.
Texto consolidado
Será pública la acción para exigir el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley y en los instrumentos de ordenación del territorio en ella regulados.