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Ley Vigente

Artículo 27. Obligaciones específicas.

Artículo 27 de la Ley 3/2021, de 30 de junio, de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales. · BOE-A-2021-13685

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-12.

Texto consolidado

Las personas destinatarias del salario social básico estarán obligadas a:

a) Participar activamente en la ejecución de las medidas contenidas en el programa personalizado de incorporación social y laboral.

b) Permanecer inscritas como demandantes de empleo y participar activamente en las medidas que se pudieran establecer en el itinerario de inserción laboral acordado con el Servicio Público de Empleo, para aquellas personas cuya edad, salud y situación familiar les permita ejercer una actividad profesional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-12.

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