Artículo 27. Unidad de Coordinación de Evaluación de políticas públicas.
Artículo 27 de la Ley 27/2022, de 20 de diciembre, de institucionalización de la evaluación de políticas públicas en la Administración General del Estado. · BOE-A-2022-21677
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-22.
Texto consolidado
1. En cada departamento ministerial se encomendará a uno de sus órganos las funciones de coordinación y seguimiento de la actividad en materia de evaluación de políticas públicas en el ámbito del ministerio y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
2. Dicho órgano tendrá la consideración de Unidad de Coordinación de Evaluación de políticas públicas y actuará como interlocutor ante la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas, en relación con las citadas funciones.