Artículo 27. Modificación de la Ley 1/1991, de 4 de enero, reguladora de las Cajas de Ahorros con domicilio social en Aragón.
Artículo 27 de la Ley 2/2014, de 23 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2014-1510
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-26.
Texto consolidado
Se adiciona una nueva disposición adicional quinta en la Ley 1/1991, de 4 de enero, reguladora de las Cajas de Ahorros con domicilio social en Aragón, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional quinta. Protectorado de las fundaciones bancarias en que se transformen las Cajas de Ahorros aragonesas.
El protectorado de las fundaciones bancarias en que se transformen las Cajas de Ahorros cuyo ámbito de actuación principal sea la Comunidad Autónoma de Aragón, se ejercerá por el Departamento competente en materia de economía del Gobierno de Aragón.»
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