Artículo 27.
Artículo 27 de la Ley 13/1994, de 30 de junio, por la que se regula la Comisión Arbitral. · BOE-A-2012-1684
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-08-16.
Texto consolidado
La Comisión Arbitral apreciará, de oficio o a instancia de parte, su falta de competencia.