Artículo 27. Agentes diplomáticos y funcionarios consulares.
Artículo 27 del Instrumento de Ratificación de 12 de marzo de 1981 del Convenio entre España y la República Socialista de Checoslovaquia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en Madrid el 8 de mayo de 1980. · BOE-A-1981-15642
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-06-05.
Texto consolidado
Las disposiciones del presente Convenio no afectarán a los privilegios fiscales que disfrutan los funcionarios diplomáticos o consulares de conformidad con las normas generales del derecho internacional o en virtud de acuerdos especiales.
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