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Decreto-ley Vigente

Artículo 27. Presentación de la documentación relativa a las actuaciones.

Artículo 27 del Decreto-Ley 9/2020, de 15 de abril, por el que se establecen medidas urgentes complementarias en el ámbito económico y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19). · BOJA-b-2020-90103

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-15.

Texto consolidado

1. La presentación de la documentación relativa a las actuaciones se realizará por las entidades locales beneficiarias de forma telemática, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución a la que se refiere el artículo anterior, e irá dirigida a la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias a través del Portal de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoregeneracionjusticiayadministracionlocal/ servicios/procedimientos/detalle/21019/datos-basicos.htm

2. La documentación a presentar telemáticamente será la siguiente:

a) Una relación de las actuaciones ya desarrolladas o a desarrollar, en la que se especifique su objeto, contenido y presupuesto, conforme a los modelos que figuran como Anexos IV y V.

b) Un informe justificativo, suscrito por la persona titular de la secretaría de la entidad local, de que se trata de una actuación que cumple con los requisitos previstos en el artículo 24, conforme al modelo que figura como Anexo VI.

c) Certificación del órgano de gobierno de la entidad local, según proceda, en el que se aprueben las actuaciones a financiar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-04-15.

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