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Ley Vigente

Artículo 261. Reducción de la sanción.

Artículo 261 de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5578

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-28.

Texto consolidado

1. La multa impuesta se reduce en un 30% de la cuantía si la persona infractora abona el resto de la multa y el importe total de las indemnizaciones que, si procede, provengan de los daños y perjuicios que se le imputen, todo ello en el plazo máximo de un mes a contar del día siguiente que se haya notificado la resolución en la que se impone la sanción, y, además, manifiesta por escrito su conformidad con la sanción impuesta y con la indemnización reclamada.

2. La previsión de reducción de las sanciones no se aplica cuando la sanción se impone por una infracción muy grave.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-28.

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