Artículo 26. Grupos de trabajo.
Artículo 26 del Real Decreto 900/2017, de 6 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Economistas de España. · BOE-A-2017-12982
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-11-12.
Texto consolidado
La Comisión Permanente podrá constituir grupos de trabajo para el cumplimiento de fines específicos estableciendo su composición, objetivos y normas de funcionamiento.