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Real Decreto Vigente

Artículo 26. Comisiones permanentes.

Artículo 26 del Real Decreto 378/2015, de 14 de mayo, por el que se crea la Academia de Psicología de España y se aprueban sus Estatutos. · BOE-A-2015-6104

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-03.

Texto consolidado

Las Comisiones permanentes se estructuran para atender tareas y funciones de carácter estable, vinculadas generalmente a la gestión de la Academia. Como tales existirán, al menos, las siguientes:

a) De carácter interno:

1.ª De Gobierno Interior, derivada de la Junta de Gobierno, que estará formada por las personas que ocupen la Presidencia, Secretaría General, Tesorería y Vicepresidencia. Resolverá asuntos de trámite de los que informará a la Junta de Gobierno. Desarrollará los acuerdos tomados en Junta de Gobierno y en Junta General.

2.ª De Hacienda, que entenderá de los asuntos económicos, estará formada por las personas que ocupen la Presidencia, Secretaría General, Tesorería y tres Académicos o Académicas de Número. Asesorará a la persona que se encargue de la Tesorería en sus funciones y en especial en los presupuestos anuales.

3.ª De Admisiones, que informará a la Junta de Gobierno sobre las propuestas de ingreso de miembros de Número, Correspondientes y de Honor, y de cuanto afecte a las personas de los candidatos. Estará formada por la persona que ocupe la Secretaría General, que actuará como Presidente nato, y seis Académicos o Académicas de Número, designados por la Junta General.

Velará por el cumplimiento formal de las candidaturas y asignará la Sección más afín cuando se precise el informe de una de éstas.

b) De proyección externa y de servicios:

1.ª De Publicaciones, que se ocupará de todo lo relativo a las ediciones de obras o publicación de estudios de la Corporación, y estará presidida por el Académico o Académica Director/a de Biblioteca y formada por seis Académicos o Académicas de Número, nombrados por la Junta General a tal efecto. La Junta de Gobierno remitirá a la Comisión las propuestas de Monografías u otras obras y será necesario su informe previo para la aceptación de aquellas. La Comisión de Publicaciones estará encargada de la selección de todos los trabajos que publique la Academia, incluidos los destinados a la Red y propondrá iniciativas respecto a ediciones en general.

2.ª De Informática y Comunicación, que aplicará las nuevas tecnologías a las actividades de la Academia. Garantizará, permanentemente actualizada, la presencia de la Academia de Psicología, sus publicaciones y actividades, en la red. Estará formada por las personas que ocupen la Secretaría General, Tesorería, Dirección de Biblioteca y tres Académicos o Académicas de Número que serán designados por la Junta General a tal efecto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-03.

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