Artículo 26. Delegación de funciones.
Artículo 26 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. · BOE-A-2014-3372
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-30.
Texto consolidado
El Presidente podrá delegar en el Director de división que considere todas las funciones establecidas en el artículo anterior, a excepción de las previstas en las letras b), c) y k).