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Real Decreto Vigente

Artículo 26. Publicidad e información relativas a los organismos competentes.

Artículo 26 del Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo. · BOE-A-2004-2752

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-15.

Texto consolidado

La Administración marítima informará periódicamente al sector marítimo sobre aquellos datos que se estimen relevantes, en especial acerca de la zona geográfica de competencia de los diferentes órganos responsables, de los procedimientos para notificar la información prevista en este real decreto y sus destinatarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-02-15.

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