Artículo 26. Composición de la Junta de Gobierno.
Artículo 26 del Real Decreto 1271/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. · BOE-A-2003-19457
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-23.
Texto consolidado
1. La composición de la Junta de Gobierno es la siguiente:
a) El Presidente del colegio, que lo será de la Junta de Gobierno.
b) El Vicepresidente del colegio, que lo será de la Junta de Gobierno.
c) 10 vocales.
2. El Presidente asignará cometidos específicos a los miembros de la Junta de Gobierno.
3. El Secretario de la Junta de Gobierno es el Secretario General del colegio.