Artículo 26. Dotación de vestuario.
Artículo 26 del Real Decreto 1245/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Orquesta Nacional de España. · BOE-A-2002-24045
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-12.
Texto consolidado
Los profesores de la Orquesta Nacional tendrán derecho a que se les facilite el vestuario apropiado para las actuaciones y a su renovación cuando la Dirección General del INAEM, a propuesta del Director técnico de la ONE, lo estime procedente. Los profesores deben cuidar razonablemente este vestuario y no utilizarlo fuera de las actuaciones de la orquesta. Este vestuario es de uso obligatorio en los conciertos.