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Real Decreto Derogada

Artículo 26. La Junta de Gobierno.

Artículo 26 del Real Decreto 104/2003, de 24 de enero, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales y de su Consejo General. · BOE-A-2003-2101

Atención: Real Decreto 104/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Junta de Gobierno es órgano representativo y ejecutivo al que corresponde el gobierno del Colegio y estará compuesta por el Decano, Vicedecano, Secretario, Vicesecretario, Tesorero, Interventor y el número de vocales que prevea el Estatuto de cada Colegio, que al menos deberán ser cuatro. El funcionamiento y competencias de la Junta de Gobierno vendrán regulados por los Estatutos del Colegio sin perjuicio de que la propia Junta se dote de un Reglamento de funcionamiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-02-02.

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