Artículo 26. Secciones: número y contenido.
Artículo 26 del Real Decreto 101/2014, de 21 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Veterinarias de España. · BOE-A-2014-2599
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-12.
Texto consolidado
1. La Real Academia se estructura, orgánicamente, en las siguientes Secciones:
Sección Primera: Ciencias básicas.
Sección Segunda: Medicina y Sanidad Animal.
Sección Tercera: Producciones Animales (Zootecnia y Medioambiente).
Sección Cuarta: Alimentación, Nutrición y Veterinaria de Salud Pública.
Sección Quinta: Historia, Deontología, Bioética y Legislación.
2. La relación anterior no tiene carácter definitivo. Por acuerdo de la Junta Plenaria se podrán introducir las modificaciones que se consideren oportunas.
3. El ámbito competencial de cada Sección será fijado en el Reglamento de régimen Interior que desarrolle el presente Estatuto.