Artículo 26. Faltas disciplinarias.
Artículo 26 de la Orden APM/237/2018, de 27 de febrero, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Calasparra". · BOE-A-2018-3274
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-09.
Texto consolidado
Las faltas disciplinarias susceptibles de ser sancionadas se clasifican en leves, graves y muy graves.