El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 25. Normas generales.

Artículo 25 de la Orden APM/237/2018, de 27 de febrero, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Calasparra". · BOE-A-2018-3274

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-09.

Texto consolidado

1. Los operadores inscritos y los miembros de los órganos de gobierno están sujetos a la responsabilidad derivada del incumplimiento de lo establecido en estos Estatutos y en los reglamentos del Consejo Regulador.

2. Los acuerdos del órgano de gestión que contengan normas deontológicas de comportamiento de los operadores inscritos y de los miembros de los órganos de gobierno de la DOP «Calasparra» deben ser publicados al menos en la página web del mismo.

3. En el ejercicio de la potestad disciplinaria se respetarán los criterios de la debida proporcionalidad con la gravedad de la falta disciplinaria, atendiendo a la naturaleza de los hechos, las consecuencias de la falta y la concurrencia de circunstancias atenuantes o agravantes.

4. El régimen disciplinario establecido en estos Estatutos se entiende sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier otro orden.

5. La potestad disciplinaria corresponde al Pleno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-03-09.

Más artículos de Orden APM/237/2018

En El Vínculo puedes leer Orden APM/237/2018 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.