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Ley Foral Vigente

Artículo 26. Competencia sancionadora.

Artículo 26 de la Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936. · BOE-A-2013-13351

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-13.

Texto consolidado

Son competentes para la incoación y resolución de los expedientes sancionadores por las infracciones tipificadas en esta ley foral:

a) Tratándose de infracciones muy graves, la persona titular del departamento competente en materia de memoria histórica.

b) Tratándose de infracciones graves y leves, la persona titular de la dirección general competente en materia de memoria histórica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-07-13.

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