Artículo 26. Cooperación al desarrollo.
Artículo 26 de la Ley Foral 31/2022, de 28 de noviembre, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos. · BOE-A-2022-22470
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-16.
Texto consolidado
1. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra velará por que las intervenciones financiadas por la cooperación internacional navarra sean inclusivas y accesibles para las personas con discapacidad.
2. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra podrá promover a través de proyectos en países en desarrollo la cooperación técnica para facilitar y apoyar el fomento de la capacidad en personas con discapacidad, la investigación y acceso a conocimientos científicos y técnicos relacionados con la discapacidad o la asistencia o transferencia de tecnologías accesibles.
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