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Ley Vigente

Artículo 26. Órganos competentes.

Artículo 26 de la Ley 8/2017, de 19 de septiembre, de perros de asistencia de La Rioja. · BOE-A-2017-11508

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-09-26.

Texto consolidado

1. El órgano competente para el inicio de los expedientes sancionadores será la dirección general competente en materia de servicios sociales.

2. El órgano competente para resolver será:

a) En el caso de sanciones por infracciones leves y graves, la dirección general competente en materia de servicios sociales.

b) En el caso de sanciones por infracciones muy graves, la persona titular de la consejería competente en materia de servicios sociales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-09-26.

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