Artículo 26. Recursos contra resoluciones.
Artículo 26 de la Ley 8/2015, de 20 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. · BOE-A-2015-5798
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-09.
Texto consolidado
1. Las resoluciones de las Cámaras dictadas en el ejercicio de sus funciones jurídico-administrativas, así como sobre las reclamaciones al censo electoral serán susceptibles de recurso contencioso-administrativo, previa interposición de recurso administrativo ante el Consejero competente.
2. Conforme establece la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, la actividad de la Cámara correspondiente a otros ámbitos distintos del señalado en el párrafo anterior se dilucidará ante los juzgados y tribunales del orden competencial pertinente.