Artículo 26. Régimen económico.
Artículo 26 de la Ley 8/2002, de 30 de octubre, por la que se crea el Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario (IMIDA). · BORM-s-2002-90013
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-01.
Texto consolidado
1. El Instituto someterá su régimen económico, financiero, contable, presupuestario, de intervención y control a las leyes reguladoras de la Hacienda de la Región de Murcia, leyes de Presupuestos Generales de la Región de Murcia y demás normativa aplicable a los presupuestos de los organismos autónomos.
2. El Instituto gozará de todas las exenciones y bonificaciones fiscales, en los tributos propios, de que goza la Administración Autonómica de la Región de Murcia.