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Ley Vigente

Artículo 26.

Artículo 26 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia. · BOE-A-1985-21380

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-08-17.

Texto consolidado

No se podrán contratar espacios de publicidad electoral en los medios de comunicación de la Compañía de Radio y Televisión de Galicia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-08-17.

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