Artículo 26. Medidas en materia constructiva y de sostenibilidad ambiental.
Artículo 26 de la Ley 5/2025, de 30 de septiembre, de volcanes de Canarias. · BOE-A-2025-24844
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-14.
Texto consolidado
1. Las construcciones derivadas de los planes de reconstrucción en zonas de riesgo volcánico tendrán en cuenta las especificaciones técnicas que puedan minimizar los efectos de la erupción sobre las mismas.
2. Las edificaciones e infraestructuras que se lleven a cabo para la reconstrucción de una zona afectada por una erupción volcánica se acompañarán de medidas de sostenibilidad en materias tales como eficiencia energética, ahorro de agua y reciclaje.