Artículo 26. Naturaleza de los servicios.
Artículo 26 de la Ley 5/2018, de 19 de abril, del Taxi. · BOE-A-2018-7155
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-08.
Texto consolidado
La titularidad de una licencia y autorización administrativa interurbana habilita a su poseedor para la prestación de servicios de naturaleza bien discrecional, bien regular (de uso general o especial), de conformidad con el articulado de esta ley, con el resto de normativa vigente y en las condiciones y al amparo de los títulos específicos que resulten legalmente exigibles.