El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 26. Límite de circulación de moneda metálica.

Artículo 26 de la Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1984. · BOE-A-1983-34167

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-01-01.

Texto consolidado

El importe máximo de la moneda metálica en circulación durante el ejercicio de 1984 se fija en 175.000 millones de pesetas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-01-01.

Más artículos de Ley 44/1983

En El Vínculo puedes leer Ley 44/1983 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.