Artículo 26. La extensión del sistema vasco de formación profesional en otros países.
Artículo 26 de la Ley 4/2018, de 28 de junio, de Formación Profesional del País Vasco. · BOE-A-2018-11066
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-06.
Texto consolidado
El departamento competente en materia de formación profesional del sistema educativo del País Vasco promoverá la cooperación con otras regiones o países en los procesos de diseño e implantación de sus sistemas de formación profesional, aportando el conocimiento y experiencia existente en el País Vasco.