Artículo 26. Medidas fiscales de fomento de la conciliación para los trabajadores autónomos.
Artículo 26 de la Ley 3/2025, de 4 de julio, de medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en las Illes Balears. · BOE-A-2025-15047
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-11.
Texto consolidado
De conformidad con lo previsto en el artículo anterior, la administración promoverá incentivos fiscales que fomenten la conciliación de los trabajadores autónomos.
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